Viernes, 31 de Octubre de 2025

Redacción
Viernes, 31 de Octubre de 2025
Además, estará abierta hasta el 15 de febrero la solicitud de aprovechamiento de pies secos o derribados de pino resinero y silvestre

Abierto el periodo para la solicitud de permiso para la recogida de piñas y leñas en el pinar

Piñas y leñas en el pinar de GuadarramaEl Ayuntamiento de Guadarrama ha abierto ya el periodo para el aprovechamiento de las piñas caídas y leñas muertas en el Monte Pinar nº 39 y Agregados.

El aprovechamiento podrá realizarse hasta el 28 de febrero de 2026, exceptuando, los días de caza. Es decir, los miércoles, domingos y festivos nacionales y autonómicos en la Comunidad de Madrid. El periodo cinegético se ha establecido desde el 8 de octubre de 2025 al 31 de enero de 2026.

La solicitud para el aprovechamiento deberá realizarse a través del Registro General del Ayuntamiento, en cualquiera de las formas, es decir, presencial o telemática, hasta el 20 de febrero de 2026, aportando los datos necesarios para la concesión, como nombre y apellidos, DNI, domicilio, correo electrónico de contacto, así como la matrícula del vehículo con el que se realizará la recogida y siempre recordando que la única finalidad para la que se autoriza la recogida es para el autoconsumo. Los vehículos autorizados solo podrán circular por pistas forestales y, en ningún caso, monte a través.

Lugares de recogida

Las piñas caídas y leñas muertas a recoger y retirar del monte serán las que estén depositadas en el suelo, a una distancia máxima de 50 metros de las pistas forestales y no pudiendo superar los 1300 metros de la cota de altitud. No está permitido, por tanto, varear los pinos para obtener piñas sujetas o ramas, así como arrancar, cortar o modificar la vegetación de cualquier tipo. Ni, por supuesto, alterar la vegetación silvestre existente.     

Tampoco se podrán modificar las zonas de vegetación de ribera, manteniendo la presencia de los arbustos y zarzales próximos a zonas de agua, ya que éstos son posibles zonas de refugio de anfibios y reptiles.

La recogida de piñas y leñas muertas es una actividad que realizan de forma tradicional los vecinos de Guadarrama, no solo por los beneficios del aprovechamiento de las leñas en sus casas, sino para contribuir a mantener saneado el pinar evitando incendios en la siguiente primavera y verano, puesto que contribuye a limpiar algunas zonas del entorno natural.

Obligaciones de la autorización

Las personas que soliciten la autorización para la recogida, deberán llevar su resguardo para mostrarlo a los agentes forestales, en caso de que sea requerida por ellos. No llevar esta documentación puede ocasionar importantes sanciones, aplicables también en caso de incumplimiento de las normas básicas para la recogida.

Tanto la autorización para la recogida como la solicitud de la misma son gratuitas.

Junto con todo lo anterior e independientemente de ello, siempre se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la protección y regulación de la fauna y flora silvestre de la Comunidad de Madrid.

El incumplimiento de cualquiera de las condicionas anteriores o de las instrucciones dadas por técnicos de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, o personal en quien delegue, dará lugar a la anulación del permiso.

Pies secos o derribados de pino resinero o silvestre

Además, hasta el 28 de febrero de 2026 se podrá solicitar el aprovechamiento de pies secos o derribados de pino resinero y pino silvestre.

Requisitos

Como condición para poder solicitarlo se requiere, que los vecinos estén empadronados en el municipio 5 años. Únicamente se admitirá una sola solicitud por cada unidad familiar, entendiendo por unidad familiar el grupo de personas empadronadas en un mismo domicilio, no pudiéndose realizar solicitudes separadas de los miembros de una familia que convivan en la misma vivienda.

Solicitud previa

Para efectuar la recogida, habrá de solicitarse previamente por los interesados, por escrito en el Registro General o en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, desde la fecha de publicación del bando hasta el 15 de febrero del 2026, siendo autorizados posteriormente. En la solicitud se deberá poner la matrícula del vehículo con el que se realizará la recogida, así como, un correo electrónico para comunicarles dicha autorización.

El Ayuntamiento de Guadarrama otorgará las autorizaciones para la corta y retirada a los vecinos, siendo exclusivamente para fines de autoconsumo, no permitiéndose, en ningún caso, la venta de la leña procedente de estos pies secos. Los árboles secos para aprovechar y retirar del monte serán los que se encuentren a una distancia máxima de 50 m de las pistas forestales y no pudiéndose superar los 1.300 m de cota altitudinal.

Fianza

Previamente al aprovechamiento y junto con la solicitud, deberán presentarse el justificante de ingreso de la cantidad de 20 euros en concepto de Fianza por aprovechamiento de madera en el MUP Nº 39 2025-26. El pago de la fianza se abonará mediante transferencia bancaria al nº de cuenta: ES8100494943382010000024. Los interesados deberán poner su nombre y apellidos, así como el concepto “Aprovechamiento de madera en Monte 39 2025-2026”. La fianza será devuelta, una vez sea comprobada la finalización del aprovechamiento y habiendo dejado completamente limpia su zona.

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