El Consejo de Gobierno ha aprobado un manual de instrucciones para los miembros de las mesas que se constituyan para las elecciones del 4 de mayo
Pleno extraordinario para elegir a los miembros de las mesas para las Elecciones Autonómicas de Madrid
El próximo lunes, 5 de abril, se celebrará un pleno extraordinario para la elección de los miembros de las mesas en elecciones autonómicas de 4 de mayo de 2021. La sesión comenzará a las 12:00 horas de forma semipresencial y de forma telemática a través de la aplicación Microsoft Teams. Los miembros de las mesas dispondrán de un manual de instrucciones, elaborado por la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, que incluye las funciones de los miembros de las mesas que se constituyan y que ha sido ya supervisado por la Junta Electoral Central.
Guadarrama celebrará el próximo lunes 5 de abril un Pleno Extraordinario en el que serán elegidos los miembros de las mesas electorales para las Elecciones Autonómicas de 4 de mayo de 2021.
La sesión ha sido convocada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.1.c) y 46.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y considerando el carácter preferente del trabajo a distancia que se establece en el artículo 5 del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, y 15 del Real Decreto Ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo; teniendo asimismo en cuenta las características y aforo del Salón de Plenos que imposibilitan mantener la distancia social exigida para evitar posibles contagios por COVID-19, y comprobado que se dispone de los medios técnicos adecuados para proceder a su celebración, de forma telemática a través de la aplicación Microsoft Teams y semipresencial el próximo día 5 de abril de 2021 a las 12:00 horas con el siguiente orden del día:
1.- Ratificación de la celebración telemática de la sesión.
2.- Sorteo de Miembros de Mesa. Elecciones Autonómicas de 4 de mayo de 2021.
La elección se llevará a cabo entre los censados hasta los 70 años de edad, que sepan leer y escribir, en el caso de los presidentes de mesa, deben ser personas con el título de Bachillerato o Formación Profesional de segundo grado. La selección se realiza por sorteo y se designa a un Presidente y dos vocales titulares para cada mesa electoral, y el mismo número como suplentes de mesa.
Tras la realización del sorteo, los seleccionados serán notificados a lo largo de un plazo de tres días. Tras la notificación los vecinos y vecinas elegidos tendrán un plazo de siete días para que se puedan alegar ante la Junta Electoral, los motivos por los que las personas designadas no puedan, en su caso, formar parte de la mesa el martes 4 de mayo.
El Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el pasado miércoles, 31 de marzo, el manual de instrucciones, elaborado por la Consejería de Presidencia, que incluye las funciones de los miembros de las mesas que se constituyan en la jornada electoral convocada para el próximo 4 de mayo y que está supervisado por la Junta Electoral Central.
El documento detalla desde el procedimiento de designación de las personas que integran las mesas electorales, sus derechos y obligaciones, hasta la verificación de las listas del censo correspondiente a cada mesa, además del nombramiento y posesión de su cargo a los interventores.
Igualmente, se definen las atribuciones de la mesa en orden cronológico durante el día de las elecciones, tales como la reunión previa en el local electoral; la comprobación de urnas, cabinas de votación, actas, certificados de votación, sobres y papeletas; y las condiciones del centro de votación.
Asimismo, se incluye una completa descripción de las distintas fases de la jornada electoral, desde las 8.00 horas, con la reunión previa, pasando por la fase de votación a partir de las 9.00 horas y hasta el final del escrutinio, cuando se realiza el recuento de votos.
El manual contempla también instrucciones sobre el procedimiento de votación de las personas con discapacidad visual conocedoras del sistema Braille. Estas personas deberán haber solicitado en tiempo y forma la utilización del procedimiento de votación accesible. Los miembros de la mesa dispondrán de un listado con el DNI de las personas con discapacidad visual y derecho a voto incluidas en el censo de esa mesa.
Medidas especiales de votación segura
El documento aprobado por el Consejo de Gobierno incluye una relación de las medidas preventivas en materia de salud pública frente a la COVID-19 aprobadas por la Comunidad de Madrid, tanto para las personas integrantes de las mesas como para el resto de asistentes y los votantes.
En este sentido, los locales electorales contarán con un responsable de seguridad sanitaria encargado, por ejemplo, de controlar el acceso ordenado de los votantes, que organice las esperas y garantice las distancias de seguridad, la entrada y salida por los accesos correctos y así evitar las aglomeraciones.
También, que asegure que dentro del local electoral se mantenga la distancia de dos metros; y que garantice el cumplimiento de la obligación del uso de la mascarilla en todo momento (excepto en los casos en que puntualmente pueda ser incompatible con la identificación de las personas, o por razones de seguridad o por imposibilidad por razones médicas).
Entre las medidas especiales se distinguen las de precaución generales de miembros de la mesa y votantes (uso de mascarilla, extremar las medidas de higiene respiratoria o la frecuente higiene de manos); las destinadas para mesas con papeletas y sobres; las de las cabinas de votación; y las sanitarias para las mesas electorales (distancia de 3 metros entre ellas, los interventores y apoderados no podrán circular entre las mesas y se contará con spray viricida adecuado, entre otras).
Además, a cada miembro de la mesa se le dotará de dos mascarillas FFP2 y una pantalla de protección facial que podrá utilizar opcionalmente. También dispondrán de una caja de guantes desechables, gel hidroalcohólico, desinfectante para superficies y toallas de papel desechable o similar y papelera dotada de pedal y tapa para depositar el material higiénico y de desinfección.













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